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¿El cuaderno digital es obligatorio en 2027 o en 2028?

Circulan las dos fechas y no dicen lo mismo. Qué dice exactamente el Real Decreto 34/2025 y por qué la respuesta no es un día del calendario.

Busca la fecha y encontrarás webs que dicen 2026, otras 2027 y otras 2028. La confusión tiene explicación: no todas hablan de la misma obligación, y además una de las fechas se aplazó sobre la marcha. Esto es lo que dice la norma hoy.

La fecha que llega antes: el registro de tratamientos

Anotar los tratamientos fitosanitarios es obligatorio desde hace años. Lo que se ha movido es el formato: iba a ser electrónico el 1 de enero de 2026, pero el Real Decreto 1039/2025, de 19 de noviembre prorrogó un año el plazo del artículo 16 del Real Decreto 1311/2012.

Traducido: durante 2026 el papel sigue valiendo, y desde el 1 de enero de 2027 hay que llevarlo en formato electrónico. Esto no depende de cuántas hectáreas tengas: alcanza a todo usuario profesional.

Las dos fechas, con lo que conviene tener listo para cada una, están reunidas en la guía práctica del Cuaderno de Explotación.

Lo que genera la confusión

El cuaderno completo es otra cosa. El Real Decreto no fija un día concreto: dice que será de obligado cumplimiento para el siguiente periodo de programación de la PAC.

Como el periodo actual termina el 31 de diciembre de 2027, el siguiente arranca en 2028. De ahí sale la fecha del 1 de enero de 2028 que repite todo el sector, y es una lectura razonable. Pero conviene entender la diferencia: no es una fecha grabada en la norma, es una consecuencia de cuándo empieza el siguiente marco PAC. Si ese marco se moviera, la obligación se movería con él.

Quien te diga 2027 hablando del cuaderno completo probablemente esté confundiendo el fin del periodo actual con el inicio de la obligación, o mezclándolo con la fecha del registro de tratamientos, que esa sí es 2027.

Y solo si superas los umbrales

Aun entonces, la obligación no es para todos. Aplica a explotaciones con más de 30 hectáreas de cultivos permanentes y tierras de cultivo, más de 5 hectáreas de regadío, o más de 0,1 hectáreas de invernadero. Por debajo de eso el cuaderno digital sigue siendo voluntario, y el papel continúa siendo válido.

Qué hacer con esta información

Si estás por encima de los umbrales, tienes un margen que se agota y conviene no dejarlo para el último trimestre de 2027. Si estás por debajo, nadie te va a multar por no usar una aplicación: la razón para digitalizar es que te ahorre trabajo, no el miedo.

Esto no sustituye al asesoramiento profesional. Los plazos y los importes los fija cada comunidad autónoma dentro del marco estatal y pueden cambiar. Antes de tomar una decisión que afecte a tu cobro, confírmalo con tu oficina comarcal agraria o con tu técnico.

Fuentes oficiales

Última revisión de esta página: 30 de julio de 2026. La normativa cambia; si ves algo desactualizado, escríbenos.

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