Llevo medio 2026 sin registrar los fitosanitarios
Anotar los tratamientos es obligatorio desde hace años, aunque el formato electrónico no llegue hasta 2027. Qué implica ir con retraso y por dónde empezar a ponerse al día.
Aclaremos algo que se mezcla mucho: anotar los tratamientos es obligatorio desde hace años, por el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012. Lo que se aplazó al 1 de enero de 2027, con el Real Decreto 1039/2025, es tener que llevarlo en formato electrónico: durante 2026 el papel sigue valiendo.
O sea, que el electrónico no apremie todavía no te salva. Si estamos a mitad de año y no has anotado nada, ni en papel ni en digital, el hueco existe igual. No eres el único, y tiene arreglo. Lo que no tiene arreglo es seguir sin hacerlo.
Lo primero: qué se te puede reclamar
El riesgo no es una multa de tráfico que llega por correo. El riesgo real está en los controles asociados a las ayudas: si te toca uno y no puedes acreditar los tratamientos, entra en juego el régimen de reducciones sobre los pagos directos de la PAC. Ahí es donde duele.
Reconstruir lo pasado, con honestidad
Se puede reconstruir el histórico con lo que ya tienes, y en casi todas las explotaciones hay más rastro del que parece:
- Las facturas de los productos. Dicen qué compraste y cuándo, que acota mucho las fechas.
- Los albaranes y las recetas del técnico, si trabajas con asesor.
- Las anotaciones en papel, la libreta de la furgoneta o el calendario de la nave.
Reconstruir no es inventar. Anota lo que puedas sostener con un documento o con memoria fiable, y no rellenes huecos a ojo para que quede bonito. Un registro con fechas inventadas es peor que un registro incompleto: lo primero se puede desmontar en un control, lo segundo se explica.
Y a partir de hoy, el hábito
La parte difícil no es ponerse al día: es no volver a atrasarse. Lo que funciona es registrar en el momento, en la parcela, no al llegar a casa. Un apunte de treinta segundos cuando acabas el tratamiento evita el agujero de seis meses.
Esto no sustituye al asesoramiento profesional. Los plazos y los importes los fija cada comunidad autónoma dentro del marco estatal y pueden cambiar. Antes de tomar una decisión que afecte a tu cobro, confírmalo con tu oficina comarcal agraria o con tu técnico.
Fuentes oficiales
Última revisión de esta página: 3 de septiembre de 2026. La normativa cambia; si ves algo desactualizado, escríbenos.
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