Cuánto se cobra de PAC por hectárea: tabla y calculadora
La ayuda básica de la PAC va de 56 a 410 €/ha según la región, más redistributiva, jóvenes y ecorregímenes. Tabla oficial de las 20 regiones y calculadora.
Por el equipo de Mi Campo con IA · Almería
«¿Cuánto se cobra de PAC por hectárea?» no tiene una cifra, tiene una tabla. La ayuda básica depende de la región en que esté tu tierra, que no es tu comunidad autónoma sino una de las 20 zonas que fija la normativa según el tipo de superficie y el potencial de cada comarca. Aquí está la tabla oficial, lo que se suma encima, un ejemplo con números y una calculadora para sacar la tuya.
La respuesta corta
El valor medio de la ayuda básica a la renta (ABRS) en 2026 va de 56,43 euros por hectárea en los pastos de menos potencial a 409,61 en el regadío de más potencial, con un caso aparte: la región 10, una sola comarca de regadío en La Vera (Cáceres), a 1.236,44. Son los valores del anexo III del Real Decreto 1045/2022 y se mantienen en 2027.
A eso se le suman, si te corresponden, la ayuda redistributiva por las primeras hectáreas, el complemento para jóvenes y los ecorregímenes. Con todo junto, una explotación mediana de secano se mueve en el entorno de los 200-250 euros por hectárea y año; joven, bastante más. El ejemplo de abajo lo detalla.
La tabla oficial: valor medio de la ayuda básica por región (2026)
La región de cada parcela se fijó con la orientación productiva declarada en 2020 y el potencial medio de su comarca agraria (anexo II del RD 1045/2022). Las comarcas que aparecen son ejemplos, las primeras que lista el anexo: cada región reúne decenas de comarcas de toda España.
| Región | Tipo de superficie | €/ha (valor medio 2026) | Comarcas de ejemplo |
|---|---|---|---|
| 1 | Tierras de cultivo de secano | 81,92 | Los Vélez, Alto Almanzora y Campo de Tabernas (Almería); Guadix, Baza y Huéscar (Granada); Monegros (Huesca); Cuenca del Jiloca (Teruel) |
| 2 | Tierras de cultivo de secano | 98,19 | Río Nacimiento (Almería); La Vega y Montefrío (Granada); Las Marismas (Sevilla); Hoya de Huesca, Somontano y La Litera (Huesca) |
| 3 | Tierras de cultivo de secano | 130,58 | Bajo Almanzora (Almería); Sierra de Cádiz, La Janda y Campo de Gibraltar (Cádiz); Pedroches y La Sierra (Córdoba) |
| 4 | Tierras de cultivo de secano | 200,15 | Campo de Dalías (Almería); Campiña y Costa Noroeste de Cádiz; Campiña Baja, Las Colonias y Campiña Alta (Córdoba) |
| 5 | Tierras de cultivo de secano | 309,70 | Costera y Subcostera (Cantabria); Cantábrica (Álava); Gipuzkoa; Bizkaia |
| 6 | Tierras de cultivo de regadío | 158,79 | Bajo Almanzora y Campo de Tabernas (Almería); Guadix, Baza, Iznalloz y Alhama (Granada) |
| 7 | Tierras de cultivo de regadío | 206,68 | Los Vélez (Almería); Huéscar (Granada); Andévalo Occidental (Huelva); Antequera y Guadalhorce (Málaga); Hoya de Huesca |
| 8 | Tierras de cultivo de regadío | 253,21 | Río Nacimiento (Almería); Pedroches (Córdoba); El Condado y Sierra de Cazorla (Jaén); Serranía de Ronda (Málaga); La Litera (Huesca) |
| 9 | Tierras de cultivo de regadío | 409,61 | Campo de Dalías y Campo de Níjar (Almería); Campiña, Costa Noroeste, Sierra y La Janda (Cádiz); campiñas de Sevilla, Córdoba y Jaén |
| 10 | Tierras de cultivo de regadío | 1.236,44 | Solo la comarca de Jaraíz de la Vera (Cáceres) |
| 11 | Cultivos permanentes | 99,00 | Los Vélez, Alto Almanzora y Campo de Dalías (Almería); Huéscar (Granada); Sierra (Huelva); Jacetania y Sobrarbe (Huesca) |
| 12 | Cultivos permanentes | 142,84 | Bajo Almanzora, Río Nacimiento, Campo de Tabernas y Alto Andarax (Almería); Campiña, Costa Noroeste y La Janda (Cádiz) |
| 13 | Cultivos permanentes | 261,57 | Campo de Níjar (Almería); Sierra de Cádiz; La Sierra, Campiña Baja, Las Colonias y Campiña Alta (Córdoba); La Vega (Granada) |
| 14 | Cultivos permanentes | 369,43 | Penibética (Córdoba); Sierra Morena, Campiña del Norte, La Loma, Campiña del Sur, Mágina y Sierra Sur (Jaén) |
| 15 | Pastos permanentes | 56,43 | Alto Andarax, Campo de Dalías y Campo de Níjar (Almería); Campiña, Costa Noroeste, Sierra y La Janda (Cádiz) |
| 16 | Pastos permanentes | 71,84 | Los Vélez, Alto y Bajo Almanzora, Río Nacimiento y Campo de Tabernas (Almería); Pedroches y Penibética (Córdoba) |
| 17 | Pastos permanentes | 103,53 | Jacetania, Sobrarbe, Ribagorza, Hoya de Huesca, Somontano, Monegros y La Litera (Huesca) |
| 18 | Pastos permanentes | 138,11 | Vegadeo y Luarca (Asturias); Septentrional, Occidental e Interior (A Coruña); Costa y Terra Chá (Lugo) |
| 19 | Pastos permanentes | 198,75 | Solo la comarca Costera (Cantabria) |
| 20 | Islas Baleares (todas las superficies) | 188,64 | Ibiza, Mallorca y Menorca |
Ese valor es la media de la región. Tus derechos concretos pueden valer algo más o algo menos: la convergencia aproxima cada año los derechos a la media (en 2026 ninguno vale menos del 85 % de la media ni más del doble, y ninguno pasa de 1.500 euros), y el FEGA prevé llegar al 90 % en 2027 y a la convergencia plena en 2029. El valor exacto de los tuyos lo ves en la consulta de derechos del FEGA o en tu solicitud única.
Lo que se suma a la básica
Ayuda redistributiva: las primeras hectáreas cobran más
Es un complemento que se paga solo por las primeras hectáreas de cada explotación, en dos tramos por región, y no depende del valor de tus derechos (solo hace falta tener al menos uno). Anexo VIII del Real Decreto 1048/2022:
| Región | Tramo 1 | €/ha | Tramo 2 | €/ha |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 0 a 11,92 ha | 16,38 | 11,93 a 76,61 ha | 32,77 |
| 2 | 0 a 10,83 ha | 19,64 | 10,84 a 71,66 ha | 39,28 |
| 3 | 0 a 7,78 ha | 26,12 | 7,79 a 53,65 ha | 52,23 |
| 4 | 0 a 5,85 ha | 40,03 | 5,86 a 42,66 ha | 80,06 |
| 5 | 0 a 1,21 ha | 61,94 | 1,22 a 10,32 ha | 123,94 |
| 6 | 0 a 5,27 ha | 31,76 | 5,28 a 55,07 ha | 63,54 |
| 7 | 0 a 4,91 ha | 41,34 | 4,92 a 45,79 ha | 82,71 |
| 8 | 0 a 3,78 ha | 50,64 | 3,79 a 30,25 ha | 101,34 |
| 9 | 0 a 3,53 ha | 81,92 | 3,54 a 33,59 ha | 163,91 |
| 10 | 0 a 2 ha | 220,72 | 2,01 a 20 ha | 220,72 |
| 11 | 0 a 2,61 ha | 19,80 | 2,62 a 17,68 ha | 39,62 |
| 12 | 0 a 1,67 ha | 28,57 | 1,68 a 14,53 ha | 57,17 |
| 13 | 0 a 1,52 ha | 52,31 | 1,53 a 13,93 ha | 104,68 |
| 14 | 0 a 1,07 ha | 73,89 | 1,08 a 8,43 ha | 147,84 |
| 15 | 0 a 34,29 ha | 11,29 | 34,30 a 149,88 ha | 22,59 |
| 16 | 0 a 21,96 ha | 14,37 | 21,97 a 94,62 ha | 28,76 |
| 17 | 0 a 10,26 ha | 20,71 | 10,27 a 51,72 ha | 41,44 |
| 18 | 0 a 4,15 ha | 27,62 | 4,16 a 13,12 ha | 55,28 |
| 19 | 0 a 6,64 ha | 39,75 | 6,65 a 17,62 ha | 79,55 |
| 20 | 0 a 5,53 ha | 37,73 | 5,54 a 23,05 ha | 75,56 |
Complemento para jóvenes: la media regional otra vez, hasta 100 hectáreas
Quien se incorpora joven como responsable de explotación cobra, además de la básica, un importe por hectárea igual al valor medio regional de su región (la columna de la primera tabla), sobre un máximo de 100 hectáreas y durante un máximo de cinco años. Si es una joven agricultora con control efectivo de la explotación, el importe es un 15 % superior (artículo 22 del RD 1048/2022).
Ecorregímenes: lo que pagaron de verdad en 2025
Son prácticas voluntarias y se pagan por hectárea con un importe que se ajusta al final de la campaña según cuánta superficie se apuntó. Los definitivos de 2025 (FEGA, 19 de mayo de 2026), en el primer tramo de superficie y en la Península: pastoreo extensivo en pastos mediterráneos 35,93 €/ha; siega sostenible en pastos húmedos 54,54; rotación con mejorantes o siembra directa 44,32 en secano, 79,96 en secano húmedo y 141,98 en regadío; cubiertas vegetales o inertes en leñosos 59,12 en llano, 110,56 en pendiente media y 160,39 en pendiente elevada o bancales; espacios de biodiversidad 48,11 (148,82 en cultivos bajo agua). Siembra directa y cubiertas suman 25 €/ha más si te comprometes a repetir al año siguiente; en Baleares hay importes mayores por insularidad. Las modalidades, los requisitos y la degresividad por tramos están en ecorregímenes: cuánto pagan.
Ayudas asociadas
Para cultivos y ganado concretos (frutos secos, proteaginosas, arroz, remolacha, tomate de industria, vacuno, ovino y caprino, entre otros) hay importes propios por hectárea o por animal, fijados también en el RD 1048/2022. No entran en este cálculo porque dependen de lo que produces, no de la región.
Un ejemplo completo: 30 hectáreas de secano en la región 3
Un agricultor con 30 hectáreas de cultivo de secano en la región 3 (por ejemplo en la Sierra de Cádiz o en Los Pedroches), con derechos en la media y que hace rotación con especies mejorantes sin compromiso plurianual:
- Ayuda básica: 30 ha × 130,58 € = 3.917,40 €.
- Redistributiva: 7,78 ha × 26,12 € = 203,21 €, más 22,22 ha × 52,23 € = 1.160,55 €; total 1.363,76 €.
- Ecorregimen (rotación en secano, tramo 1, importe definitivo 2025): 30 ha × 44,32 € = 1.329,60 €.
En total 6.610,76 euros, unos 220 euros por hectárea. Si además es joven recién incorporado, se añaden 30 × 130,58 = 3.917,40 € de complemento y la cuenta sube a 10.528 euros, unos 351 por hectárea; si es una joven agricultora, el complemento son 30 × 150,17 = 4.505,10 €. Todo antes de descuentos, y con los ecorregímenes al importe definitivo de 2025: el de 2026 se sabrá en la primavera de 2027.
Calcula tu PAC en un minuto
Elige tu región, pon tus hectáreas y sale la cuenta: ayuda básica, redistributiva, complemento joven y un ecorregimen. Es orientativo: usa el valor medio de la región (tus derechos pueden valer algo más o menos), la redistributiva por tramos y los importes definitivos de 2025 de los ecorregímenes en la Península. Todo antes de descuentos.
Lo que resta
- Umbral mínimo: si el total de pagos directos no llega a 300 euros, no se paga (tu comunidad puede subirlo hasta 500).
- Degresividad de la básica (artículo 16 del RD 1048/2022): a partir de 60.000 euros de ayuda básica el exceso se recorta un 25 % hasta 75.000, un 50 % hasta 90.000, un 85 % hasta 100.000 y el 100 % de lo que pase de 100.000. Solo afecta a explotaciones muy grandes, y antes de aplicarlo se descuentan los costes salariales.
- Condicionalidad: un incumplimiento de las BCAM o los RLG se traduce en un porcentaje de descuento sobre todas las ayudas; los porcentajes exactos están en condicionalidad reforzada.
- Ecorregímenes por encima del umbral: las hectáreas que superan el tramo 1 cobran menos (tramo 2), como se ve en la tabla del FEGA.
Cómo saber tu región y lo que valen tus derechos
- En la consulta de derechos de ayuda básica a la renta del FEGA ves tus derechos, su región y su valor unitario de cada campaña.
- En tu solicitud única (o en la entidad que te la tramita) aparece la región de cada recinto.
- Si quieres comprobarlo por tu cuenta, el anexo II del Real Decreto 1045/2022 lista las comarcas de cada región, y tu comarca agraria la tienes en el SIGPAC.
Cuando pagan cada tramo (anticipo desde el 16 de octubre, saldo desde diciembre) está en cuándo pagan la PAC; qué es cada ayuda y quién puede cobrarla, en qué es la PAC.
Preguntas rápidas
¿Cuánto se cobra de PAC por una hectárea de olivar?
El olivar es cultivo permanente: regiones 11 a 14, de 99,00 a 369,43 euros por hectárea de ayuda básica en 2026 según la comarca. Con cubierta vegetal entre calles entran además los ecorregímenes de leñosos (de 59 a 160 €/ha en 2025 según la pendiente).
¿Y una hectárea de pastos?
Regiones 15 a 19: de 56,43 a 198,75 euros por hectárea de básica. Con pastoreo extensivo o siega sostenible se suma el ecorregimen correspondiente.
¿Se cobra por hectárea o por derecho?
Por derecho activado: cada derecho se cobra sobre una hectárea admisible. Si tienes más hectáreas que derechos, las que sobran no cobran básica (aunque sí pueden cobrar ecorregímenes).
Tengo secano en dos comarcas distintas. ¿Cobro lo mismo por las dos?
No necesariamente: pueden estar en regiones distintas y, por tanto, con valores medios y tramos de redistributiva distintos. Se calcula por separado y se suma.
Esto no sustituye al asesoramiento profesional. Los plazos y los importes los fija cada comunidad autónoma dentro del marco estatal y pueden cambiar. Antes de tomar una decisión que afecte a tu cobro, confírmalo con tu oficina comarcal agraria o con tu técnico.
Fuentes oficiales
- BOE — Real Decreto 1045/2022: derechos de ayuda básica a la renta (regiones, convergencia y valores medios regionales, anexo III)
- BOE — Real Decreto 1048/2022: pagos directos de la PAC (agricultor activo, umbral de 300 €, solicitud única, jóvenes, degresividad)
- FEGA — Importes unitarios definitivos de los ecorregímenes, campaña 2025 (nota de 19 de mayo de 2026)
- FEGA — Ayuda redistributiva complementaria a la renta: primeras hectáreas por región
- FEGA — Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad: qué es, derechos y consulta de derechos
- FEGA — Análisis del funcionamiento de los derechos de ayuda básica a la renta (convergencia del 90 % en 2027 y del 100 % en 2029)
Última revisión de esta página: 21 de septiembre de 2026. La normativa cambia; si ves algo desactualizado, escríbenos.
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