Ecorregímenes 2026: cuánto paga cada práctica y a quién le toca
El FEGA ha fijado los importes provisionales de los ecorregímenes 2026 para un anticipo que este año puede llegar al 75 % y pagarse antes del 16 de octubre. Qué cobra cada práctica, dónde están los umbrales y qué importes no son para ti.
El FEGA ha fijado los importes unitarios provisionales de los ecorregímenes de 2026: los euros por hectárea con los que se calcula el anticipo de esta parte de la PAC. Van en una nota fechada el 10 de septiembre de 2026, no en el BOE, y traen dos novedades que solo tocan al anticipo: este año se puede pagar antes del 16 de octubre y puede llegar hasta el 75 % del pago total, en lugar del 70 % de una campaña normal. Si pediste algún ecorrégimen en la solicitud única, la nota no te pide ningún papel ni abre ningún plazo. Aquí tienes qué fila es la tuya, cuáles no y qué significa «provisional».
A quién le toca y a quién no
Los ecorregímenes son «regímenes voluntarios para el agricultor»: prácticas en favor del clima y el medio ambiente que van más allá de la condicionalidad reforzada, o sea, de lo que ya tienes que cumplir para cobrar la PAC. Los importes salen de las superficies pedidas en la solicitud única de 2026 que las comunidades autónomas han comunicado al FEGA. Y esta es la lista de quién se queda fuera:
- Si no pediste ningún ecorrégimen, esto no va contigo.
- Invernadero y hortícolas: en esta tabla no hay fila para ti. Las prácticas van por pastos, tierras de cultivo, leñosos y espacios de biodiversidad. Si además tienes un olivar o un secano con ecorrégimen, lo tuyo es esa fila.
- Los demás pagos directos de la PAC no están en esta nota. No des por hecho, solo por ella, que el 75 % o el adelanto valen para ellos.
- Los importes «insulares» son de las Islas Baleares. En Almería, Murcia o Jaén tu fila es siempre la peninsular.
- Los 25 €/ha de plurianualidad no son para todos. Solo en siembra directa y cubiertas vegetales, y solo para quien se comprometió a repetir. Ni los pastos ni los espacios de biodiversidad tienen fila con complemento.
- Pedirlo no es cobrarlo. Los requisitos de cada práctica, en el Real Decreto 1048/2022, hay que respetarlos «para poder percibir el pago directo anual por hectárea».
Las fechas y los porcentajes, juntos
- Anticipo: puede empezar antes del 16 de octubre de 2026 y se cierra el 30 de noviembre. El adelanto es la novedad; el cierre es «como siempre».
- Hasta el 75 % del pago total. Tope del anticipo en 2026; en condiciones normales es el 70 %.
- A partir del 1 de diciembre de 2026: primer pago del saldo, hasta el 90 % del importe total. Ahí los importes provisionales «podrán ser revisados». Es un «podrán»: si no se revisan, ese pago sale con estos mismos.
- Abril de 2027: importe definitivo. Las comunidades autónomas remiten la superficie total determinada para el cobro, la de todos los solicitantes que finalmente se da por buena, y con ella se fija el importe unitario definitivo. Con él «se podrá realizar» el segundo pago del saldo, al 100 %, dentro del periodo habitual: del 1 de diciembre de 2026 al 30 de junio de 2027.
Los porcentajes se leen como una escalera, no como una suma: hasta el 75 % del total con el anticipo, hasta el 90 % con el primer pago del saldo y el 100 % con el segundo.
El 75 % es un techo, no una promesa
Las dos flexibilidades vienen del Reglamento (UE) 2026/1768, de 14 de julio de 2026, y la nota explica el motivo: la crisis de Oriente Próximo ha subido el precio de los fertilizantes. Pero fíjate en cómo está escrito: el anticipo «se pueda realizar» antes del 16 de octubre y «puede alcanzar hasta» el 75 %. Son posibilidades y topes, no obligaciones. La nota no dice desde qué día se paga, no fija un porcentaje mínimo y no distingue por comunidad autónoma. Lo que te entre en el anticipo no es tu cifra final.
Cuánto paga cada práctica, sin el complemento de 25 euros
Importes en euros por hectárea, redondeados a dos decimales (la tabla del FEGA da seis). Casi todas las prácticas tienen un umbral de hectáreas y dos tramos: el 1 hasta el umbral y el 2 por encima, más bajo salvo en pastos. Donde la tabla distingue Península y Baleares, aquí va el peninsular.
- Cubiertas vegetales o inertes en leñosos, terreno llano: 58,19 €/ha hasta 15 ha y 40,73 por encima. Aquí van olivar, viña, cítricos y frutales, en una de las tres filas según la pendiente.
- Cubiertas en leñosos, pendiente media: 108,94 y 76,26 €/ha. Umbral de 15 ha.
- Cubiertas en leñosos, elevada pendiente y bancales: 130,42 y 103,08 €/ha. Umbral de 15 ha. Qué parcela es «llana» o «de pendiente media» no lo define la nota.
- Rotación con especies mejorantes y siembra directa en secano: 42,81 y 29,97 €/ha. Umbral de 70 ha. Qué especies cuentan como mejorantes lo dice el Real Decreto, no esta nota.
- La misma práctica en secano húmedo: 63,18 y 46,25 €/ha. Umbral de 30 ha.
- La misma práctica en regadío: 137,46 y 96,22 €/ha. Umbral de 25 ha.
- Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes: 43,50 €/ha. Sin tramos ni umbral. También para el cerealista o el olivarero que pidió esta práctica en vez de la rotación o las cubiertas.
- Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo bajo agua: 146,50 €/ha. Sin tramos ni umbral. La nota no nombra ningún cultivo; que sea el arrozal es lectura nuestra, no del FEGA.
- Pastos húmedos: 43,71 €/ha en los dos tramos. Pastos mediterráneos: 27,31 €/ha en los dos tramos. Umbrales de 65 y 95 ha. Al pie de la tabla hay un «coeficiente reductor de superficie» para pastos (0,973885 y 0,960193) que rebaja la superficie que se cuenta; cómo se aplica, la nota no lo dice.
La regla que sí se lee en la tabla: si la superficie que metiste en una práctica no pasa del umbral, estás entero en el tramo 1. Cómo se reparten las hectáreas cuando lo pasas, esta nota no lo explica; en nuestra guía sobre cuánto pagan los ecorregímenes lo contamos con un ejemplo, aunque con los umbrales de referencia del plan (65 ha en pastos, 30 en tierras de cultivo y 15 en leñosos). Para el anticipo de 2026 mandan los de esta tabla.
Un ejemplo con la cuenta hecha
Diez hectáreas de olivar en pendiente media, en la Península, todas en la práctica de cubiertas. Como no pasan de las 15 del umbral, van enteras al tramo 1:
- Sin compromiso de repetir: 10 × 108,94 = 1.089,40 € de importe provisional. El anticipo puede llegar, como mucho, al 75 %: 817,05 €.
- Con compromiso de repetir: 10 × 133,94 = 1.339,40 €. Anticipo máximo del 75 %: 1.004,55 €.
Las dos cifras son provisionales y el 75 % es un tope; el resto llega con el saldo, a partir del 1 de diciembre.
Los 25 euros de plurianualidad, solo si te comprometiste a repetir
En la siembra directa y en las cubiertas vegetales hay un complemento de plurianualidad de 25 €/ha, que debe pagarse «íntegramente» a quien haya contraído el compromiso de volver a hacer la práctica en la próxima campaña. Si no contrajiste ese compromiso, tu fila es la de «sin plurianualidad».
En la tabla se ve: cada fila «con plurianualidad» es la «sin plurianualidad» más 25 €/ha en los dos tramos; los 25 euros no bajan por pasar del umbral. En regadío peninsular, de 137,46 a 162,46 €/ha hasta 25 hectáreas y de 96,22 a 121,22 por encima.
Letra pequeña: el texto liga el complemento a la siembra directa y a las cubiertas vegetales, pero las filas de la tabla juntan «rotación con especies mejorantes y siembra directa» y «cubiertas vegetales y cubiertas inertes». Si solo rotas sin siembra directa, o tu cubierta es inerte, la nota no aclara qué pasa.
Baleares cobra más: los importes insulares
La nota tiene en cuenta «la condición de insularidad de las superficies de las Islas Baleares». Hay fila insular en pastos mediterráneos, secano, regadío y las tres de cubiertas; en el resto la tabla da una sola cifra. Sin plurianualidad, tramo 1 y tramo 2 (con plurianualidad, 25 más en cada tramo):
- Pastos mediterráneos: 49,31 €/ha en los dos tramos.
- Secano: 70,81 y 57,97 €/ha.
- Regadío: 217,46 y 176,22 €/ha.
- Cubiertas en terreno llano: 98,19 y 80,73 €/ha.
- Cubiertas en pendiente media: 172,94 y 140,26 €/ha.
- Cubiertas en elevada pendiente y bancales: 218,42 y 191,08 €/ha.
Qué hacer al cerrar esta página
- Mira tu solicitud única. Qué ecorrégimen pediste, cuántas hectáreas y si te comprometiste a repetir.
- Localiza tu fila. Peninsular o insular, con o sin plurianualidad, y si pasas del umbral.
- No cuentes con el 75 % ni con esa cifra como definitiva. Son un tope y un importe provisional.
No hay que presentar nada. Los importes los fija la S.G. de Ayudas Directas del FEGA (su Subdirección General de Ayudas Directas) y la nota está en la web del FEGA, entre los documentos de campaña. Qué día cobras no está en ella: pregunta en tu oficina comarcal.
Errores típicos con los importes de los ecorregímenes
- Multiplicar todas tus hectáreas por el importe del tramo 1. Si pasas del umbral, el tramo 2 paga menos en todas las prácticas salvo en pastos.
- Sumar los 25 €/ha sin haberte comprometido a repetir. Solo en siembra directa y cubiertas vegetales, y solo con compromiso.
- Dar el anticipo por cifra definitiva. Los importes pueden revisarse a partir del 1 de diciembre y el definitivo se fija con los datos de abril de 2027.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir algo para cobrar el anticipo del ecorrégimen?
La nota no pide ningún trámite nuevo: los importes salen de las superficies que ya solicitaste y que tu comunidad comunicó al FEGA.
¿Estos importes son mejores o peores que los de 2025?
La nota no compara con 2025, y este artículo tampoco, porque sería inventar la comparación. Si alguien te dice que este año «paga más» o «menos», que te enseñe las dos tablas.
¿Cambian las prácticas que tengo que hacer en la finca?
No. Siguen siendo las de la Sección 4ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022. La nota fija importes y flexibiliza el anticipo; no toca lo que haces en el campo ni cita ningún producto ni dosis. Eso te lo dice tu técnico.
Esto no sustituye al asesoramiento profesional. Los plazos y los importes los fija cada comunidad autónoma dentro del marco estatal y pueden cambiar. Antes de tomar una decisión que afecte a tu cobro, confírmalo con tu oficina comarcal agraria o con tu técnico.
Fuentes oficiales
Última revisión de esta página: 11 de septiembre de 2026. La normativa cambia; si ves algo desactualizado, escríbenos.
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