Seguro del olivar 2026: quién puede asegurar y hasta cuándo
El plazo general acaba el 30 de noviembre, pero si no estás en la base de datos de rendimientos, los módulos 1A y 2A se te cierran el 30 de septiembre. Quién puede asegurar, qué olivos quedan fuera y la letra pequeña que sale cara.
Desde el 1 de septiembre el olivar se asegura con una orden nueva, la Orden APA/862/2026, en vigor desde el 15 de agosto, que deroga la del año pasado. Eso es lo que cambia: la norma. Si ya tienes póliza firmada con la anterior, se sigue rigiendo por aquella y no tienes que mover nada. Y si vas a contratar ahora, ojo con el despiste más repetido: lo que se cubre no es la aceituna de este otoño, sino la cosecha 2027/2028 y, en los módulos bienales, también la 2028/2029.
Qué es un módulo, que esto no lo traduce nadie
El seguro entero gira sobre los módulos. Un módulo es una modalidad de aseguramiento: cada uno tiene sus riesgos cubiertos, sus garantizados y sus límites de indemnización, y todos están en el anexo I. Se elige uno y se aplica al conjunto de parcelas de la explotación, no uno por finca.
- 1A y 2A. Los bienales. Solo para explotaciones cuyo titular figure en la base de datos de rendimientos máximos del Ministerio, salvo que todas tus parcelas sean plantones.
- P Otoñal y P Primaveral. Alcanzan a todas las explotaciones de olivar del territorio nacional, sin base de datos, y ahí el rendimiento lo fijas tú, ajustado a tus esperanzas reales de producción.
- El complementario. El que se contrata cuando la cosecha viene mejor de lo declarado, y solo sobre parcelas ya aseguradas en el principal en 1A, 2A o P Otoñal.
Qué daños cubre cada uno no está en el articulado, sino en las tablas del anexo I. Es lo primero que tiene que enseñarte quien te haga la póliza.
El 30 de septiembre no cierra el seguro: cierra los módulos 1A y 2A
Aquí se lía casi todo el mundo. El plazo general de 1A, 2A y P Otoñal llega al 30 de noviembre de 2026. El 30 de septiembre es otra cosa: es el tope de quien no está en la base de datos, o de quien tiene un rendimiento asignado que no le habilita para contratar todas sus parcelas, y está escrito bajo el epígrafe de los módulos 1A y 2A.
O sea: si llega el 1 de octubre y no estás en la base de datos, no te has quedado sin seguro. Te has quedado sin los bienales. El P Otoñal sigue abierto hasta el 30 de noviembre y no pide figurar en ninguna base de datos.
Y al revés: no estar en la base de datos tampoco te deja fuera de 1A y 2A. Quien quiera entrar tiene que contratar una póliza de esos módulos entre el 1 y el 30 de septiembre, porque esa declaración de seguro es la solicitud de alta.
Ahora, la línea que hay que leer antes de firmar contento: en esas parcelas el rendimiento que se consigna es de 100 kilos por hectárea. Con eso se calcula lo que aseguras y lo que cobrarías. Ponlo al lado de lo que recoges de verdad: lo que compras en septiembre es, sobre todo, el alta, la puerta para asegurar con tu rendimiento real más adelante.
El alta implica visita de un perito designado por AGROSEGURO, y va antes de la resolución, no después. El rendimiento se puede fijar sin visita, con la información disponible, en dos casos: cuando la visita no se pueda hacer por causa imputable al asegurado o porque un temporal impida acceder a la finca, y en explotaciones de tres hectáreas o menos sin parcelas de superintensivo. Es una posibilidad, no una exención: pueden ir igual.
Hay una segunda puerta que casi nadie asocia con esto: el cambio de titularidad. Si una explotación que ya figura se transfiere entera y es el 100 % de la explotación del nuevo titular, ese cambio le da el alta con el rendimiento del anterior.
A quién alcanza y qué olivos quedan fuera
El ámbito es todo el territorio nacional: secano o regadío, tradicional o superintensivo, convencional o ecológico. Hay un filtro previo que conviene mirar: tu explotación, a efectos del seguro, son las parcelas asegurables de tu Solicitud Única de la PAC; si no la presentas, se aporta la inscripción en el REGEPA, hoy integrado en el SIEX.
Y la otra lista, la que casi nadie escribe:
- Olivos diseminados, a más de 20 metros del más próximo. La exclusión es del árbol: los sueltos del lindero quedan fuera aunque el resto de la parcela entre.
- Olivar adehesado o asociado con herbáceas o leñosas, salvo que estén en marco regular y a 20 metros como máximo entre ellos.
- Parcelas en estado de abandono y parcelas de experimentación o ensayo.
- Producciones de olivos antes de la entrada en producción. El árbol se asegura como plantón; su cosecha, no.
Las edades de entrada en producción: 7 años en secano; 3 en regadío hasta 200 olivos por hectárea; 2 por encima de 200; y otra vez 3 por encima de 1.200 olivos por hectárea fuera de Andalucía y Extremadura. Superintensiva es la parcela de regadío que pasa de esos 1.200 árboles. Y la edad se cuenta por brotaciones de primavera desde la plantación hasta la recolección de la cosecha asegurada, sumando las que la planta hiciera en vivero. Cuentan también como plantones los árboles adultos sin producción en esa cosecha.
O lo aseguras todo, o no aseguras nada
Nada de asegurar solo el bancal que peor va: hay que asegurar la totalidad de las producciones y los plantones que tengas dentro del ámbito, y las parcelas de un mismo agricultor, o explotadas en común por una entidad asociativa, una sociedad o una comunidad de bienes, cuentan como una sola explotación.
En 1A y 2A hay otra atadura, la que de verdad te compromete dos años: son bienales, una declaración, una prima única y obligación de suscribir las dos cosechas. El precio elegido es el mismo para las dos, y el rendimiento asegurado también, salvo en las parcelas con limitaciones del anexo IV que cambien de situación. Con la vecería del olivo, eso se piensa antes de firmar. Las instalaciones de riego son opcionales, pero para asegurarlas hay que asegurar la producción y la plantación, y meter todas las del mismo tipo.
El rendimiento no sale de un solo sitio
Se repite que el techo es la base de datos. Es verdad a medias, y para el olivar de secano es directamente falso. En 1A y 2A hay cuatro reglas:
- Superintensivo y resto de parcelas sin limitación del anexo IV: el techo es el rendimiento asignado en la base de datos para ese grupo; el suelo, el 50 % de ese valor.
- Regadío de más de 200 árboles por hectárea: el techo es el menor entre el del anexo IV para su grupo y el de la base de datos.
- Secano y regadío de 200 árboles por hectárea o menos: el techo es el del anexo IV, no el de la base de datos; el suelo, el 50 % de ese valor.
- Si tu rendimiento viene de un alta o una revisión del Plan actual o del anterior, no te aplican las limitaciones del anexo IV, salvo en las parcelas plantadas o con poda severa posteriores a aquello.
El suelo del 50 % no se negocia: bajar el rendimiento por debajo de la mitad para abaratar la prima no se admite. En P Otoñal y P Primaveral lo pones tú, pero si AGROSEGURO no está de acuerdo y no hay acuerdo amistoso, te toca a ti demostrar los rendimientos declarados.
Las fechas, juntas
- Del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2026. Plazo general de los módulos 1A, 2A y P Otoñal.
- Hasta el 30 de septiembre de 2026. Solo para 1A y 2A, si no estás en la base de datos o el rendimiento asignado no te da para todas tus parcelas.
- Del 1 al 30 de septiembre. Revisión del rendimiento, en el primer año del bienio y con declaración en vigor de 1A o 2A, y cambio de titularidad, que ahí no exige póliza en vigor. Por la sede electrónica del Ministerio.
- Del 15 de marzo de 2027 al 30 de junio o al 15 de julio. P Primaveral y complementario: el 30 de junio en Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Región de Murcia y Comunidad Valenciana, y el 15 de julio en el resto. Es la única diferencia por comunidad de la orden, junto con la excepción de densidad de Andalucía y Extremadura.
- 1 de septiembre de 2027. Arranca el 48.º Plan con esta misma orden, en los términos que apruebe el Consejo de Ministros.
Antes de apuntarlas en la pared: ENESA puede modificar el periodo de suscripción por resolución de su Presidencia, y los límites de precios antes de que empiece el plazo. Confírmalas.
Si el rendimiento no te cuadra, y si te lo revisan a ti
Si ya estabas en la base de datos, la revisión se pide del 1 al 30 de septiembre y lleva visita de perito: los informes van a ENESA antes del 1 de noviembre, las propuestas salen el 20 de noviembre como tarde con 10 días hábiles para alegar y la resolución llega el 31 de diciembre como tope.
Si el alta es de este año, tu plazo son 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las resoluciones de alta en la web de ENESA, que tiene de tope el 20 de diciembre. Ahí, salvo excepciones, no hay visita: propuestas el 15 de enero y resolución el 15 de febrero como tarde.
La otra cara, que casi nadie cuenta: ENESA también revisa de oficio, y ahí el rendimiento puede bajar. Abre expediente, te da 10 días hábiles para alegar y resuelve en tres meses. Para lo que pides tú hay red: seis meses para resolver y notificar y, si vence sin resolución expresa, se entiende estimado por silencio administrativo.
La letra pequeña que sale cara
- Firmar no es estar cubierto. Las garantías se inician con la toma de efecto y nunca antes de las fechas del anexo V.
- Y se acaban solas. La garantía a la producción termina en la recolección o cuando los frutos sobrepasan la madurez comercial, lo que llegue antes. Al que espera precio con la aceituna en el árbol se le cae la cobertura.
- Prima sin pagar, póliza nula. Si firmas el último día del periodo, vale el pago hecho el siguiente día hábil.
- Condiciones técnicas mínimas. Mantenimiento del suelo, podas adecuadas al menos cada tres años, abonado según el terreno y el cultivo, los tratamientos fitosanitarios necesarios respetando la normativa de sanidad vegetal y riegos oportunos en regadío. Si hay deficiencias, el asegurador puede reducir la indemnización. La poda es la que más gente pasa por alto.
- El riego, con salvedad. Hay fuerza mayor, entre otras causas, cuando la autoridad de la cuenca establece oficialmente restricciones en las dotaciones de agua para riego.
- Ecológico solo con certificado. En conversión no se puede asegurar a precio de ecológico; sin certificación, la indemnización se calcula con el precio convencional.
- El destino no se pone a ojo. Almazara, más del 85 % de la aceituna a aceite; mesa, toda a aceituna de mesa; mixto, al menos un 15 % a mesa y el resto a aceite. El precio lo eliges dentro de la horquilla del anexo VI y, si en una parcela hay variedades de distinto precio, manda la dominante.
- Recintos pequeños. Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad abarca varios recintos de una misma parcela SIGPAC, los de menos de 0,10 hectáreas se pueden agregar al limítrofe: forman una sola parcela, identificada con el recinto de mayor superficie.
Y una aclaración necesaria: la orden no nombra ningún producto ni ninguna dosis. Qué aplicar te lo dice tu asesor con carné, no una norma de seguros.
Qué cambia respecto al año pasado, y dónde se firma esto
Toca ser honesto. La orden dice que deroga la de 2025 y a qué pólizas afecta, pero no trae ninguna tabla de cambios, y lo que más te importa —rendimientos máximos por parcela, precios y fechas de garantía— está en los anexos. Si alguien te dice que «ha cambiado tal cosa», que te enseñe los dos textos.
Tampoco dice dónde se firma la póliza: solo nombra a ENESA, que publica la base de datos en www.enesa.es y resuelve las revisiones, y a AGROSEGURO, que designa a los peritos. El contrato se hace con tu entidad aseguradora o tu mediador; si no tienes ninguno, pregunta en tu cooperativa o en la oficina comarcal agraria.
Y no te obliga a asegurarte. Eso la orden no lo dice con esas palabras: se deduce de que habla siempre del agricultor «que suscriba este seguro». Si dejas pasar el plazo no hay sanción prevista; lo que pierdes es la cobertura.
Errores típicos con el seguro del olivar
- Cerrar la página el 1 de octubre. Ese día solo se cierran 1A y 2A para quien no está en la base de datos. El P Otoñal sigue hasta el 30 de noviembre.
- Creer que sin base de datos no se puede ir a 1A o 2A. Sí se puede, contratando del 1 al 30 de septiembre: esa contratación es el alta.
- Firmar en septiembre creyendo que vas cubierto. En esas parcelas el rendimiento es de 100 kilos por hectárea.
- Querer asegurar solo la parcela mala. Hay que asegurar toda la explotación, y el módulo elegido se aplica a todas las parcelas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si estoy en la base de datos de rendimientos?
La orden dice dónde mirarlo: la base de datos está a disposición de los agricultores en la web de ENESA, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, www.enesa.es. Es la primera comprobación, porque de ella dependen el plazo que te toca y los módulos que tienes abiertos.
Tengo póliza del año pasado. ¿Tengo que hacer algo?
Esa póliza no se toca: se rige por la Orden APA/919/2025 hasta que cesen sus efectos. Otra cosa es la cosecha siguiente: si la que tienes cubre una sola campaña y quieres seguir cubierto, la nueva se contrata con esta orden y con estos plazos.
¿Qué riesgos me cubre exactamente?
El articulado no los enumera: remite al anexo I, donde están los riesgos cubiertos y los módulos con sus garantizados y sus límites de indemnización. Depende del módulo y de la variedad, así que pídelo por escrito antes de elegir.
Esto no sustituye al asesoramiento profesional. Los plazos y los importes los fija cada comunidad autónoma dentro del marco estatal y pueden cambiar. Antes de tomar una decisión que afecte a tu cobro, confírmalo con tu oficina comarcal agraria o con tu técnico.
Fuentes oficiales
- BOE — Orden APA/862/2026, seguro de explotaciones olivareras
- MAPA — ENESA (Entidad Estatal de Seguros Agrarios)
- Agroseguro
Última revisión de esta página: 8 de septiembre de 2026. La normativa cambia; si ves algo desactualizado, escríbenos.
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