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Ayuda DANA 2024 infraestructuras: cuarta lista y plazo 10-11

¿Sales por primera vez en la cuarta lista provisional de la ayuda DANA 2024 por infraestructuras? Avisa de errores en tus datos hasta el 10 de noviembre.

Por el equipo de Mi Campo con IA · Almería

El FEGA publicó el 16 de octubre de 2026 la cuarta lista provisional, la Cuarta Relación A, de la ayuda extraordinaria por los daños de la DANA en las infraestructuras productivas de las explotaciones agrarias (Orden APA/383/2025, de 23 de abril). Si apareces en ella por primera vez, tienes hasta el 10 de noviembre de 2026, inclusive, para avisar de errores en tus datos de identificación o personales, y solo por el enlace de la web del Ministerio de Agricultura (MAPA). Es una ayuda estatal, pero solo para explotaciones del ámbito de la DANA de entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024: si no tuviste daños por esa DANA, esta lista no va contigo.

Lo que cambia, en una frase

Entra gente nueva en la lista de posibles beneficiarios de la ayuda A y se abre un plazo para que esa gente avise de errores en sus datos. En la misma lista salen también, «con carácter informativo», titulares que ya estaban en listas anteriores y a los que ahora se les suman «recintos adicionales a los ya publicados». Las condiciones de la ayuda (importes, tope, incompatibilidades) no las toca esta nota.

¿Esto va contigo?

La ayuda es para quien sea titular de una explotación agrícola o ganadera dentro del ámbito de la DANA. Da igual que seas persona física, sociedad o un ente sin personalidad jurídica. Titular, aquí, es quien está inscrito en uno de estos registros:

El ámbito es el que fija el artículo 1 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, con la ampliación de la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero. Ni la nota ni la ficha del FEGA nombran comunidades ni municipios, así que no te fíes de listas que circulen por ahí. Lo práctico es ir directamente a la lista publicada y buscarte.

Una cosa es no tener ayuda y otra no tener este plazo

Conviene separarlo, porque no es lo mismo. Estas superficies o explotaciones no entran en la ayuda A, según la ficha del FEGA:

Y estos otros casos no tienen el plazo de esta nota, aunque puedan tener ayuda:

Salir en la lista no es cobrar

Esta ayuda se concede de oficio: la tramita el propio Ministerio sin que tengas que presentar una solicitud. Pero eso no quiere decir que estar en la lista sea tenerla concedida. La ficha del FEGA lo deja escrito: la inclusión en esta relación «no supone en modo alguno el reconocimiento de un derecho a las ayudas».

Es una lista provisional de potenciales beneficiarios. El pago llega después, y solo para quienes cumplan las condiciones de beneficiario y no hayan renunciado a la ayuda.

Qué tienes que hacer y hasta cuándo

Si tus datos están bien, la nota no te pide ningún trámite. El plazo es para avisar de lo que esté mal, no para confirmar lo que está bien.

Lo que puedes corregir aquí y lo que no

El plazo sirve para comunicar «errores materiales de identificación o de información personal». Un error material es una equivocación evidente: un nombre mal escrito, un NIF que no es el tuyo. Tú lo comunicas y es la Administración la que lo corrige.

La nota no habla de reclamar superficie, zona de afección o importe, ni de qué hacer si crees que te falta una parcela o que deberías estar y no estás. Que la nota no lo prevea no significa que no haya otra vía, pero esta no es. Para esas dudas, la referencia oficial que dan el FEGA y la nota es la misma página de ayudas DANA del MAPA.

Si guardaste el correo de 2025, ya no sirve

El canal para avisar de errores ha ido cambiando de una lista a otra, y es fácil equivocarse si ya pasaste por la primera:

Quince días o quince hábiles: tú quédate con el 10 de noviembre

La nota habla de «quince días» y la ficha del FEGA, de «quince días hábiles». No te pongas a contar: la fecha que da la nota es el 10 de noviembre inclusive, y esa es la que vale. Otro detalle que despista: en un punto la ficha cita la orden como «APA 382/2025» y con fecha 22 de abril; la nota y el resto de la ficha la llaman Orden APA/383/2025, de 23 de abril.

Cuánto es, por encima

La ayuda A se paga por hectárea según la zona de afección en la que esté cada parcela: 5.200 euros en la zona A, 6.000 en la B, 7.900 en la C y 9.900 en la D, con un tope de 125.000 euros por beneficiario. Las zonas están definidas en el anexo de la orden; la nota no explica cómo saber en cuál cae tu parcela. Tu importe concreto no sale en esta lista provisional, sino en la relación de perceptores, que es la lista de quienes van a cobrar y cuánto.

Las ayudas A, B y C se pueden sumar para un mismo titular, pero cada parcela solo cuenta para una de ellas.

O dinero, o reparación por TRAGSA

Esta es la letra pequeña que se escapa leyendo el titular. La ayuda es incompatible con la reparación de las parcelas por TRAGSA, el medio propio de la Administración (la empresa pública a la que encarga estas obras), prevista en el artículo 25 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre. Si cobras la ayuda, se entiende que renuncias a esa reparación, salvo que renuncies expresamente a la ayuda o no la aceptes.

Esa renuncia no se decide en este plazo de errores. La ficha la sitúa en la fase siguiente, cuando se publican las relaciones de perceptores: ahí los interesados pueden renunciar a la ayuda para acogerse a la reparación de TRAGSA. Se presenta preferentemente en la sede del FEGA («Renuncia a la ayuda») o, sin certificado electrónico, por la página de ayudas DANA del MAPA. La ficha no fija una fecha para hacerlo en esta cuarta lista. Y en ningún caso se repara la parte de la parcela que vaya a pasar al dominio público hidráulico, es decir, a ser terreno público de las aguas según la cartografía del Ministerio para la Transición Ecológica. Es una decisión con dinero detrás: háblala con tu técnico o tu organización agraria.

Y después, ¿cuándo se sabe quién cobra?

Pasado el plazo, el artículo 4, apartado c) de la orden prevé que el FEGA publique en el tablón de su sede las relaciones de perceptores con el importe a percibir. Hasta ahora han salido por tandas parciales, y después las relaciones de pago. Para esta cuarta lista no hay fecha.

Como referencia, que no como calendario: tras las listas anteriores, el FEGA publicó relaciones de perceptores el 18 de julio de 2025, el 17 de noviembre de 2025 y el 28 de mayo de 2026, y relaciones de pago el 3 de octubre de 2025, el 17 de diciembre de 2025 y el 12 de agosto de 2026.

Qué pasa si no haces nada

Si sales como nuevo y tus datos están bien, no tienes que hacer nada: el procedimiento sigue de oficio, aunque salir en la lista no garantiza cobrar. Si hay un error en tu identificación y no lo comunicas antes del 10 de noviembre, la nota no dice qué consecuencias tiene. Por si acaso, revísalo pronto y no lo dejes para el último día.

Esto no sustituye al asesoramiento profesional. Los plazos y los importes los fija cada comunidad autónoma dentro del marco estatal y pueden cambiar. Antes de tomar una decisión que afecte a tu cobro, confírmalo con tu oficina comarcal agraria o con tu técnico.

Fuentes oficiales

Última revisión de esta página: 18 de octubre de 2026. La normativa cambia; si ves algo desactualizado, escríbenos.

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